Especies pescables y tallas mínimas
La trucha común, la madrija, el cacho del Mediterráneo y el bordallo del Tajo solo se pueden capturar en pesca sin muerte en todo tipo de aguas.
Además, siguiendo normativa de la UE, sigue prohibida la pesca de la anguila en la temporada 2026.
Especies pescables
Peces autóctonos
Trucha común, madrija, cacho del Mediterráneo, bordallo del Tajo, barbo común, barbo comizo, barbo mediterráneo, barbo colirrojo, barbo cabecicorto, barbo de Graells, barbo gitano, tenca, boga de río, boga meridional, madrilla y cacho.
Especies objeto de control de poblaciones mediante pesca
Exóticas
Carpín
Exóticas invasoras
Con obligación de sacrificio inmediato:
Trucha arcoiris, carpa, black bass, lucio, pez gato negro, gobio, perca‑sol (pez sol), alburno, lucioperca y cangrejo rojo.
Especies exóticas invasoras con pesca prohibida
Cangrejo señal, siluro, gambusia, escardino, pez gato punteado, rutilo y perca de río.
Especies protegidas con pesca prohibida
Cangrejo de río autóctono, loina, jarabugo, bogardilla, blenio o fraile, bermejuela, pardilla, pardilla oretana, calandino, lamprehuela y colmilleja.
Tallas mínimas donde se autorice su extracción (según la Orden de Vedas de Pesca vigente)
- Trucha común: sin muerte
- Madrija: sin muerte
- Cacho del Mediterráneo: sin muerte
- Bordallo del Tajo: sin muerte
- Barbos: 18 cm
- Tenca: 18 cm
- Boga, madrilla y cachos: 10 cm
- Carpín: sin talla
- Trucha arcoíris: sin talla – sacrificio inmediato
- Carpa, black bass, lucio, pez gato negro, cangrejo rojo, gobio, perca‑sol, alburno, lucioperca: sin talla – sacrificio inmediato
- Siluro, cangrejo señal, pez gato punteado, escardino, gambusia, rutilo y perca de río: pesca prohibida